Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100226-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Demanda 1.167 de 2009

Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.167 de 2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Cesárea Lorenzo Prieto, contra las empresas “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, “Exis Ti, Sociedad Anónima”, y “Pempsis ETT, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado la siguiente, resolución de fecha 16 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 16 de febrero de 2010.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que se ha recibido diligencia negativa realizada por el Servicio Común de Actos de Comunicación en referencia al intento de notificación de sentencia a la empresa demandada “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, que se une a autos, estándose a la notificación realizada a través de edictos publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 27 de enero de 2010, de lo que se da cuenta a su señoría.—Doy fe.

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Isidro M. Saiz de Marco.—En Madrid, a 16 de febrero de 2010.

Dada cuenta; a la vista de la diligencia anterior y habiéndose solicitado ejecución de sentencia por la parte actora en fecha 4 de diciembre de 2009, se acuerda en virtud de lo preceptuado en los artículos 278 y 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, citar de comparecencia a las partes para el día 4 de marzo de 2010, a las once y treinta horas de su mañana, haciéndole la advertencia de que en caso de no comparecer la parte actora o su representante se le tendrá por desistida de su solicitud, y en caso de no comparecer la empresa demandada o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de aquellos, vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500, la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse, mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional 15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por Ley Orgánica. 1/2009, de 3 de noviembre).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El magistrado-juez (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.837/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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