Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100226-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

199
Ejecución 283 de 2009

Doña María Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número D-1.277 de 2009, hoy ejecución número 283 de 2009, a instancias de don Luis Miguel Almenar Montesinos, contra la empresa “Wonka Inversiones, Sociedad Limitada”, sobre despido, en los que en fecha 13 de enero de 2010 se ha dictado auto, cuya partes dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Miguel Almenar Montesinos, contra “Wonka Inversiones, Sociedad Limitada”, por un principal de 8.089,05 euros, más 485 euros en concepto de intereses y 808 euros de costas calculadas provisionalmente.

b) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos, y a tal fin expídase los correspondientes oficios y mandamientos.

c) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuesto en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.

d) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de los apremios pecuniarios.

e) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento séptimo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal).

Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Pablo Aramendi Sánchez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Wonka Inversiones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 13 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.665/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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