Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100223-123

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

123
Liquidación sociedad gananciales 1.882 de 2008

En el procedimiento de liquidación de sociedad de gananciales número 1.882 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 28 de diciembre de 2009.—Don Rafael Fluiters Casado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de esta ciudad; dada cuenta, visto los autos de liquidación de sociedad de gananciales tramitados con el número 1.882 de 2008 y seguidos a instancias de don Evodio Collazos Pérez, doña Araceli Collazos González y doña Pilar Collazos Pérez, frente a doña Lucía Peñalva Montalla, don Luis Gómez Peñalva, don Rafael Gómez Peñalva y don Enrique Gómez Peñalva.

Parte dispositiva:

Estimando la pretensión deducida por la procuradora doña María Dolores Arcos Gómez, en nombre y representación de don Evodio Collazos Pérez, doña Araceli Collazos González y doña Pilar Collazos Pérez, frente a doña Lucía Peñalva Montalla, don Luis Gómez Peñalva, don Rafael Gómez Peñalva y don Enrique Gómez Peñalva:

1.o Determino que el inventario de la sociedad de gananciales en su día formada por doña Raimunda Valdepeñas Blanco y don Luis Peñalva Vicente, disuelta por el fallecimiento de este último el 26 de junio de 1961, es el siguiente:

Activo: único.—Vivienda letra A, interior, sita en la planta primera de la casa número 44 de la calle Alberto Aguilera, de Madrid, que fue adquirida por los cónyuges don Luis Peñalva Vicente y doña Raimunda Valdepeñas Blanco por escritura de compraventa a su favor otorgada por los vendedores doña Blanca Serrano Heredia y don Ángel Rolluela Álvarez el 17 de abril de 1959, bajo el número 2.394 de su protocolo.

Figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Madrid, en el tomo 695, folio 224, finca número 24.885.

Se valora en la cantidad de 85.000 euros.

Pasivo: no existe ningún pasivo al momento de disolución de la sociedad.

2.o Apruebo como liquidación de la sociedad de gananciales la siguiente: pertenece a cada uno de los cónyuges el 50 por 100 del activo y del pasivo, adjudicando a cada cónyuge el 50 por 100 de la vivienda letra A, interior, sita en la planta primera de la cada número 44 de la calle Alberto Aguilera, de Madrid, que figura inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Madrid, en el tomo 695, folio 224, finca número 24.885.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el término de cinco días, justificando al hacerlo haber depositado la suma de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados doña Lucía Peñalva Montalla, don Luis Gómez Peñalva, don Rafael Gómez Peñalva y don Enrique Gómez Peñalva se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—El secretario (firmado).

(02/1.342/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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