Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100223-147

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Ejecución 140 de 2009

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 140 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Andrea Elizabeth Cáceres Cabrera, contra don José Antonio Olmedo Barrios y “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 21 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 21 de enero de 2010.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen.

Finca de Getafe número 19.142, local número 70, inscripción segunda, tomo 901 , libro 134, folio 163, fecha 19 de octubre de 2006.

Finca de Getafe número 19.143, local número 69, inscripción segunda, tomo 901, libro 134, folio 165, fecha 19 de octubre de 2006.

Finca de Getafe número 45.939, local número 61, nota número 1 al margen de inscripción/ anotación 2, tomo 1.440, libro 673, folio 199.

Finca de Getafe número 45.940, local número 63, nota número 1 al margen de inscripción/ anotación segunda, tomo 1.440, libro 673, folio 203.

Como propiedad de “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 2.431,66 euros, más 486,33 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Andrea Elizabeth Cáceres Cabrera, contra don José Antonio Olmedo Barrios y “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran efectuar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a los ejecutados para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de si notificación haciendo saber a la parte que no goce del beneficio de justicia gratuita, que deberá ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado en “Banesto”, número 2502, sin cuyo requisito no será admitido.

Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Isabel Saiz Areses.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.132/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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