Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100223-97

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL

OTROS ANUNCIOS

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Baja de oficio en el padrón de habitantes

De conformidad con lo establecido en la resolución de fecha 1 de abril de 1997, conjunta de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del padrón municipal, y con el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 54 del Real Decreto 2612/1996, se tramita en la actualidad expediente de baja de oficio en el padrón de habitantes de esta localidad a:

Nombre y apellidos. — Documento identidad

Milen Dimitrov Asenov. — 329.729.520.

Sedefcho Milenov Dimitrov. — 329.436.801.

Fanka Sedesfcheva Asenova. — 349.439.059.

A instancias de propietario de vivienda de empadronamiento.

Intentada notificación, en dos ocasiones, sin efecto a los interesados en el domicilio sito en calle Aranjuez, número 8, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, se les requiere, si lo consideran oportuno, para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del presente, formulen, aleguen y/o presenten cuantos documentos y justificantes consideren y prueben su residencia efectiva en este municipio.

En el supuesto de no presentar, de manera manifiesta, su conformidad con la baja de este padrón municipal, este Ayuntamiento recabará informe favorable preceptivo al Consejo de Empadronamiento a los efectos oportunos.

En Moralzarzal, a 3 de febrero de 2010.—El secretario, Santiago Perdices Rivero.

(02/1.228/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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