Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100223-304

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIJÓN NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

304
Ejecución 208 de 2009

Doña Carmen Villar Sevillano, secretaria del Juzgado de lo social número 2 de Gijón.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 208 de 2009 (recurso de suplicación número 208 de 2009) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Meana Meana, contra “Casindu, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Suárez Riva, Sociedad Limitada”, “Casain-As, Sociedad Limitada”, “Cabruma, Sociedad Limitada”, “Dilma 2015, Sociedad Limitada”, y “Talleres Albama, Sociedad Limitada”, sobre indemnización, se han dictado auto de fecha 4 de noviembre de 2009 y providencias de fechas 12 de noviembre de 2009 y 9 de diciembre de 2009, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución solicitada por don José Luis Meana Meana, contra las entidades “Casindu, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Suárez Riva, Sociedad Limitada”, “Casain-As, Sociedad Limitada”, “Cabruma, Sociedad Limitada”, “Dilma 2015, Sociedad Limitada”, y “Talleres Albama, Sociedad Limitada”.

Contra la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 552 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cabe directamente recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días, si bien alternativamente podrá interponerse recurso de reposición, previo a aquel, y en el mismo término ante este Juzgado.

Así lo manda y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Jairo Álvarez-Uría Franco.—En Gijón, a 12 de noviembre de 2009.

Se tiene por anunciado recurso de suplicación por la parte demandante contra el auto de fecha 4 de noviembre de 2009 dictado en este proceso. Se advierte al letrado don Víctor Barbado García, designado por la parte recurrente, que quedan a su disposición los autos en esta Secretaría para que en el plazo de una audiencia se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, y que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición. De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso. Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado­juez de lo social (firmado).

Providencia

Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Jairo Álvarez-Uría Franco.—En Gijón, a 9 de diciembre de 2009.

Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cabruma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que se hará de forma gratuita según está previsto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Gratuita [artículos 2.d) y 6.4].

En Gijón, a 27 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.118/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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