Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100223-264

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

264
Reclamación 1.441 de 2009

Doña María Begoña González Rozas, secretaria sustituta refuerzo tardes, de lo social del número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de doña Rebeca Cantalapiedra Puertas, don Luis Arturo Artieda Peñafiel y don Erduhan Myumyonov Syuleymanov, contra “Ingar Instalaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 1.441 de 2009, y acumulados se ha dictado sentencia del tenor literal siguiente:

Sentencia número 6 de 2010

En Madrid, 13 de enero de 2010.—Vistos por el magistrada-juez sustituta, refuerzo tarde, de lo social número 35 doña Ana Fernández Valenti, los presentes autos D-1.441 de 2009, y acumulados 1.444 de 2009 y 1.445 de 2009, seguido a instancias de doña Rebeca Cantalapiedra Puertas, don Luis Arturo Artieda Peñafiel y don Erduhan Myumyonov Syuleymanov, que comparecen asistidos de letrado don Ángel Jesús de la Mata Utrera, y de la otra, como demandados, “Ingar Instalaciones, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre cantidad, en nombre de Su Majestad el Rey, ha pronunciado la siguiente sentencia.

Fallo

Estimo la demanda formulada frente a “Ingar Instalaciones, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia de los despidos de que fueron objeto los demandantes con fecha 15 de septiembre de 2009 y, dada la desaparición de la empresa, declaro extinguida en esta fecha la relación laboral que unía a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone a cada demandante en concepto de indemnización y por los salarios de tramitación del período 15 de septiembre de 2009 a 12 de enero de 2010 (ciento diecinueve días) las cantidades que seguidamente se indican:

A doña Rebeca Cantalapiedra Puertas: 6.027,08 euros, más 5.312,76 euros.

A don Luis Arturo Artieda Peñafiel: 15.062,24 euros, más 5.195,38 euros.

A don Erduhan Myumyonov Syuleymanov: 8.130,12 euros, más 5.374,91 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/1441/09 en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.0000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a “Ingar Instalaciones, Sociedad Limitada”, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.

En Madrid, a 19 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.241/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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