Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

15
Orden 142/2010, de 4 de febrero, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de actividades que difundan el conocimiento del sistema democrático y la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2010.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas; en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, y demás disposiciones aplicables y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Convocar la subvención para el ejercicio 2010 destinada a la realización de actividades que difundan el conocimiento del sistema democrático y la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid. La convocatoria se realiza con arreglo a lo dispuesto en los siguientes apartados:

Primero

Bases reguladoras, objeto y procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva

La convocatoria de la subvención se realizará de acuerdo con lo previsto en las bases reguladoras aprobadas por Orden 412/2005, de 28 de noviembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 285, de 30 de noviembre de 2005 (corrección de errores BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 289, de 5 de diciembre de 2005). (Competencias atribuidas al Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, según Decreto 78/2009, de 27 de agosto, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre de 2009).

El objeto de la subvención es establecer un sistema de ayudas económicas destinadas a la difusión del conocimiento del sistema democrático, de la realidad política y sociocultural de la Comunidad de Madrid, de sus instituciones, de los servicios que prestan, del reparto competencial entre el Estado y la Comunidad de Madrid, así como al fomento de la participación ciudadana en actos de naturaleza política y sociocultural.

El procedimiento de concesión de la subvención se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo

Solicitud y plazo de documentación

La solicitud de subvención, cuyo modelo figura como Anexo I de las precitadas bases reguladoras, se presentarán en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, o bien en las Oficinas de Atención al Ciudadano sitas en Gran Vía, número 3, planta baja, 28013 Madrid, y plaza de Chamberí, número 8, 28010 Madrid, así como en los demás Registros y Oficinas contemplados en la base quinta de las precitadas bases reguladoras.

A la solicitud se acompañará la documentación relacionada en la base reguladora quinta, punto 3.

Tercero

Ámbito temporal, procedimiento y órganos

El ámbito temporal de la subvención se establece en la base reguladora tercera y los requisitos de los beneficiarios son los establecidos en la base reguladora segunda.

El procedimiento, así como los órganos de instrucción y resolución son los establecidos en las bases sexta y octava. Asimismo, el plazo de resolución y notificación y el medio de notificación son los que se recogen en la base octava.

Cuarto

Cuantía de la subvención, aplicación presupuestaria, criterios de valoración y plazo y forma de justificación

La cuantía total máxima para esta convocatoria asciende a 269.507 euros, y su financiación se realizará con cargo a la partida 48160 del programa 070 de la Secretaría General Técnica de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, del presupuesto de gastos del ejercicio 2010.

Para la concesión de dicha cantidad se tendrán en cuenta los criterios de valoración establecidos en la base reguladora séptima, y será entregada de conformidad con la base décima. El plazo y la forma de justificación de la subvención se regula en la base novena.

Quinto

Impugnación

La Orden de aprobación de esta convocatoria pone fin a la vía administrativa y contra dicha Orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la aprueba, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en los términos que establece la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Madrid, a 4 de febrero de 2010.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/5.362/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-15