Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

213
Demanda 1.869 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda número 1.869 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ivan Moklyak, contra la empresa “Revocos de Comunidades Madrileñas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 23 de diciembre de 2009.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social por el turno de reparto, la demanda presentada por don Ivan Moklyak contra “Revocos de Comunidades Madrileñas, Sociedad Limitada”, en materia de despido. De lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 23 de febrero de 2010, a las once y treinta horas, en la Sala de audiencias de este juzgado sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los intresados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Revocos de Comunidades Madrileñas, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervino en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancias habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieren las preguntas.

Requiérase, por otro lado, a la parte actora a fin de que en el plazo de diez días aporte nota simple del Registro Mercantil referente a la entidad demandada a fin de evitar dilaciones indebidas en la tramitación del presente procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Para la interposición del citado recurso deberá acreditarse el ingreso de la cantidad de 25 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado que es la número 2512 de “Banesto”, y con la clave de procedimiento 30; todo ello de conformidad y con las excepciones que establece la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez, Carmen Rodrigo Saiz.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de citación en legal forma a “Revocos de Comunidades Madrileñas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de febrero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.855/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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