Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 41

Fecha del Boletín 
18-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-269

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

269
Demanda 1.537 de 2009

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.537 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Matía de la Torre, contra la empresa “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Teresa Matía de la Torre, contra la mercantil “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, no comparecida, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y, siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución y condeno a la empresa demandada a que indemnice a la actora en la suma de 22.184,22 euros, así como al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (23 de septiembre de 2009) hasta la presente resolución a razón de 57,78 euros por día.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separa, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encuadernación Guijarro, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

En Madrid, a 8 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/3.620/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100218-269