Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2010

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100217-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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Orden 261/2010, de 27 de enero, por la que se modifican las Órdenes 5087/2009 y 5089/2009, de 13 de noviembre, por las que se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales para la realización de estudios y actividades de formación del profesorado, destinadas a los Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 3497/2009, de 21 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 30), se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales para la realización de actividades de formación del profesorado destinadas a los Profesores de Religión y Asesores Lingüísticos al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad de Madrid, determinándose en sus artículos decimocuarto y decimoquinto que la no presentación de la documentación justificativa en los términos establecidos y en el plazo indicado conllevará la no percepción de la ayuda económica.

De conformidad con la citada convocatoria, por Órdenes 5087/2009 y 5089/2009, de 13 de noviembre, se resuelve la concesión de ayudas económicas individuales incluyendo una relación nominativa de beneficiarios expresando la cuantía de la ayuda concedida en cada caso, así como una relación nominal de solicitudes excluidas, con especificación de la causa.

Finalizado el plazo de presentación de la documentación justificativa que establece el artículo 15 de la Orden de convocatoria, procede la modificación de las Órdenes de concesión en el caso de aquellos solicitantes que no han aportado dicha documentación o que, habiéndola aportado, no se ajusta a lo establecido en el artículo 14 de la citada Orden. Igualmente, procede la modificación de las Órdenes de concesión para aquellos solicitantes que no han aportado alguno de los documentos que se establecen en el artículo 24.

Asimismo, examinando el expediente de doña Eva Cámara Pellisó, se ha observado que no pertenece a ninguno de los cuerpos que figuran en la Orden de convocatoria procediendo, en consecuencia, la modificación de la Orden de concesión.

En base a lo anterior, a propuesta de la Comisión de Selección, esta Consejería de Educación

HA RESUELTO

Primero

Dejar sin efecto las Órdenes de concesión de ayudas en lo que respecta al personal docente que se relaciona en el Anexo de esta Orden.

Segundo

Contra la presente Orden cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Educación o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la forma y plazos establecidos por la normativa vigente.

Madrid, a 27 de enero de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

ANEXO

RELACIÓN DE AYUDAS DENEGADAS

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(03/5.376/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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