Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 40

Fecha del Boletín 
17-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100217-143

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

OTROS ANUNCIOS

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Expedientes para la retirada de la vía pública y depósito vehículos

Por este Ayuntamiento se tramitan expedientes para la retirada de la vía pública y depósito en el almacén municipal de los vehículos que se detallan a continuación, con signos evidentes de abandono y que han permanecido estacionados por un período superior a un mes en el mismo lugar.

Expediente número 28.01.50/2009/0034. Vehículo marca “BMW”, modelo 525 I, matrícula M-0867-LY, color negro, Propietario: don Alejandro de Prados Pérez, con domicilio en calle Tembleque, número 12, cuarto D, 28024 Madrid. Lugar de abandono: calle Sierra de Aitana (frente al número 36).

Expediente número 28.01.50/2009/0037. Vehículo marca “Renault”, modelo Clio, matrícula 4005CNC. Propietaria: “Ger ADM, Sociedad Limitada”, con domicilio en calle Santísima Trinidad, número 22, 28010 Madrid. Lugar de abandono: calle Monasterio de Irache, número 120.

Expediente número 28.01.50/2009/0027. Vehículo marca “Fiat”, modelo Multiplá, matrícula M-7900-WT, color verde. Propietario: don Carlos Chorro González, con domicilio en avenida del Manzanares, número 86, primero A, 28019 Madrid. Lugar de abandono: travesía de Navarra (lateral).

No habiéndose podido notificar a sus propietarios, según la dirección que consta en la base de datos de la Jefatura Provincial de Tráfico, se efectúa dicha notificación a través del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la vigente Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, haciéndoles saber que, de no presentarse en quince días a retirarlos, serán trasladados al depósito municipal y que, con carácter previo a la retirada de los citados vehículos de dicho depósito, deberán abonar la tasa de recogida, complementada con la cuota correspondiente a su custodia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de enero de 2002). Transcurridos dos meses desde su retirada al depósito municipal sin que se hayan presentado sus titulares con el ánimo de retirarlos, serán considerados y declarados residuos sólidos urbanos (artículo 71 del Real Decreto-Ley 339/1990, de 2 de marzo).

En Villanueva de la Cañada, a 13 de enero de 2010.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(02/566/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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