Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100215-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 58

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

95
Desahucio por falta de pago 1.734 de 2007

En los autos de procedimiento verbal número 1.734 de 2007, sobre desahucio, a instancias de “Byrsa Asesores Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal”, con la procuradora doña María Rodríguez Puyol, contra don Manuel Martínez Ruiz, se ha dictado sentencia de fecha 14 de mayo de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña María Rodríguez Puyol, en nombre y representación de “Byrsa Asesores Inmobiliarios, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro la resolución de contrato de arrendamiento que ligaba a las partes y que recaía sobre el inmueble sito en la calle Espíritu Santo, número 2, cuarto cuatro, y plaza de garaje número 13, de Madrid, condenando a don Manuel Martínez Ruiz a su desahucio, debiendo dejar el mismo libre, vacuo y expedito, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciese en término legal, con imposición de costas procesales devengadas a dicha parte demandada.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Manuel Martínez Ruiz, se extiende el presente para que sirva de notificación que se hará conforme al artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por medio de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el “Boletín Oficial del Estado”.

En Madrid, a 29 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado).

(02/887/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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