Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
15-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100215-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

94
Desahucio por falta de pago 1.047 de 2006

En el procedimiento verbal de desahucio por falta de pago número 1.047 de 2006, sobre otras materias, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 176 de 2008

En Madrid, a 3 de octubre de 2008.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez en sustitución de primera instancia de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.047 de 2006, a instancias de Instituto Nacional de la Vivienda de Madrid, contra doña María Dolores Arribas Martínez y don Ylson Manuel Nicolau de Sousa Gomes.

Fallo

Que estimando la demanda deducida por Instituto Nacional de la Vivienda de Madrid, contra doña María Dolores Arribas Martínez y don Ylson Manuel Nicolau de Sousa Gomes debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento del piso primero, puerta B, de la calle Bujaruelo número 4 de la localidad de Alcorcón, condenando a los demandados a desalojarlo en el plazo previsto en la Ley, bajo el apercibimiento que de no efectuarlo, se procederá a su lanzamiento, todo ello con expresa condena a los demandados al pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Dolores Arribas Martínez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 4 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/3.268/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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