Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
10-02-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100210-0041

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, quedan expuestos al público durante el plazo de quince días para su examen y reclamación, por parte de los interesados, los padrones de 2010 de los ingresos municipales que a continuación se relacionan:

Concepto:

— Tasa entrada vehículos: ejercicio 2010.

— Tasa tarjeta residentes domiciliados: ejercicio 2010.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: ejercicio 2010.

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: ejercicio 2010.

Durante el plazo indicado de exposición al público, y a tenor de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Servicio de Atención al Ciudadano (plaza Mayor, número 1, planta baja, del Ayuntamiento), proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos padrones que directamente le afecten, en horas de atención al público (de lunes a viernes, de ocho y treinta a catorce y treinta y de dieciséis a diecinueve horas, y los sábados, de diez a trece).

Contra las deudas consignadas en los padrones contributivos y notificados colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal-delegado de Economía, Hacienda y Recursos Humanos recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de los presentes padrones.

Alcobendas, a 18 de enero de 2010.—El alcalde-presidente, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(01/469/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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