Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100210-0001
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BECERRIL DE LA SIERRA RÉGIMEN ECONÓMICO Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2009, se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. Durante el plazo de exposición al público de la citada ordenanza fiscal, plazo que comenzó el día 3 de diciembre de 2009 y finalizó el día 11 de enero de 2010, no ha sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartado 4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza fiscal mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA Artículo 2.1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,60 por 100. DISPOSICIÓN FINAL La presente modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse el día 1 de enero de 2010, permaneciendo vigente hasta que se acuerda su modificación o derogación expresas. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 19, apartado 1, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Becerril de la Sierra, a 15 de enero de 2010.—El alcalde, José Conesa López. (03/3.870/10) |

