Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-02-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100206-0140

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 23 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Velasco López, contra la empresa “Información y Prensa, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, se ha dictado en esta fecha auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles identificados como fincas números 7.351, 7.352 y 7.353 del Registro de la Propiedad número 2 de Segovia, como propiedad de la ejecutada, “Información y Prensa, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 15.102,79 euros de principal, más 1.393,89 euros para intereses y 1.858,53 euros de costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Manuel Velasco López, contra “Información y Prensa, Sociedad Anónima”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad indicado, una vez sea firme la presente resolución, para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ­ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso, haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, sucursal 1143, número de cuenta 2521 seguido el número de expediente, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de resolución recurrida.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Información y Prensa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de enero de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.347/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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