Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100205-0153
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 9 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 289 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Masabanda Pillajo, contra la empresa “Suelos Gapamur, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Auto En Madrid, a 14 de enero de 2010. Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don José Miguel Masabanda Pillajo, contra “Suelos Gapamur, Sociedad Limitada”, por un principal de 15.099,36 euros, más 1.358,94 euros en concepto de intereses y 1.509,93 euros de costas calculadas provisionalmente. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Y consultados telemáticamente los bienes y derechos susceptibles de embargo de la parte ejecutada, se declaran embargados a resultas de la presente ejecución, y en cuanto sea suficiente para cubrir el importe de las cantidades reclamadas y no satisfechas, los saldos y demás valores de los que resulte titular la empresa ejecutada en la sucursal de la calle Postas, número 22, de Vitoria (Álava), de “Banesto”; en la sucursal de la avenida de Santiago, número 46, bajo, de Vitoria (Álava), de “Caja Rural de Navarra”; en la sucursal de la calle de la Independencia, número 2, de Vitoria (Álava), de “Banco Caixa Geral”; en la sucursal de la calle Garibai Etorbidea, número 6-E, de Mondragón (Guipúzcoa); en la sucursal de la calle Postas, número 37, de Vitoria (Álava), del “Banco Gallego”; en la sucursal de la calle Eduardo Dato, número 45, de Vitoria (Álava), del “Banco de Sabadell”; en la sucursal de la calle Fueros, número 13, de Victoria (Álava), de “Bancaja”; en la sucursal de la calle Concejo de Teverga, número 16, de Madrid, del “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”; en la sucursal de la calle Ignacio Zuloaga, número 4, de Mondragón (Guipúzcoa), del “Banco de Santander”; en la sucursal de la calle de Arturo Soria, número 4, de Madrid, de “Caja España”, y en “Espírito Santo Gestión SGIIC, Sociedad Anónima”. A tales fines, líbrense los correspondientes oficios por correo certificado con acuse de recibo a dichas entidades al objeto de que retengan e ingresen las referidas cantidades en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2507, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, hasta cubrir las sumas reclamadas en el presente procedimiento. d) Y desprendiéndose de la base de datos de la Dirección General de Tráfico la existencia de seis vehículos propiedad de la ejecutada: un turismo “BMW” 318TD Man, con matrícula 1416CXX; un turismo “Peugeot” 307, con matrícula 1384DZZ, un todo terreno “Audi” Q7, con matrícula 3515FVC, un camión furgón “Peugeot” Boxer 2.2, con matrícula 0817DRV, un vehículo mixto adaptable “Peugeot” Expert, con matrícula 0813DRV, y un turismo “Peugeot” 407, con matrícula 1435DZZ, se acuerda el embargo de dichos vehículos, y a tales fines líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre los vehículos indicados, se expida la certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado. e) Asimismo, líbrese oficios al Juzgado de lo social número 1 de Madrid, al objeto de que remita al Juzgado testimonios de los autos de insolvencia provisional que se hubieran podido dictar en el procedimiento de ejecución número 142 de 2009 (demanda número 285 de 2009), que se sigue contra la misma empresa demandada, y caso de existir sobrante en los mismos nos lo transfieran a la cuenta del Juzgado. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal). Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suelos Gapamur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 15 de enero de 2010.—El secretario judicial (firmado). (03/2.526/10) |

