Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-02-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100204-0100

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio

361 ORDEN 5108/2009, de 29 de diciembre, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte demanial denominado “El Robledal”, número 188, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid.

Recibido y examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “El Robledal”, número 188, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Los Santos de la Humosa, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente, y de conformidad con el informe y propuesta, de fecha 5 de diciembre de 2008, a petición del Director General del Medio Ambiente, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 26/2009, de 26 de marzo,

DISPONGO

Primero

Aprobar el deslinde del monte denominado “El Robledal”, número 188, del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Los Santos de la Humosa, perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las actas, registros topográficos y planos que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

— Comunidad Autónoma: Comunidad de Madrid.

— Número del catálogo: 188.

— Nombre: “El Robledal”.

— Término municipal: Los Santos de la Humosa.

— Pertenencia: Comunidad de Madrid.

— Límites:

l Norte: “Camino del Abrevadero”, correspondiente a la parcela catastral 9.005 del polígono 15, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa.

l Este: Parcelas catastrales 807, 809, 810 y 10.812 del polígono 15, de propiedad particular.

l Sur: “Camino de Valdeluño”, correspondiente a la parcela catastral 9.002 del polígono 15, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa y parcela catastral 806 del polígono 15, de propiedad particular.

l Oeste: Monte catalogado de utilidad pública número 183 “Las Covachas y otros”, correspondiente a la parcela catastral 801 del polígono 15 y propiedad del Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, y parcelas catastrales 800, 802 y 804 del polígono 15, de propiedad particular.

— Descripción de linderos: El monte “El Robledal” está situado al Suroeste del casco urbano de Los Santos de la Humosa. Se accede al mismo a través del camino que parte desde el Sur de la Plaza de Toros de Los Santos de la Humosa.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior mediante la colocación de un total de 11 piquetes.

El lindero Norte queda definido por los piquetes de deslinde número 7 y número 8, coincidentes con mojones de concentración parcelaria. En este tramo, el límite del monte se define por el margen derecho del “Camino del Abrevadero”, corres­pondiente a la parcela catastral 9.005 del polígono 15, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa.

El lindero Este queda definido por los piquetes de deslinde del número 8 al número 1, distinguiendo los siguientes tramos:

l Piquetes de deslinde número 8 y número 9: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 807 del polígono 15, cuyo titular catastral es don Antonio Pozo Sánchez, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 9 y número 10: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 809 del polígono 15, cuyos titulares catastrales son don Felipe Peñalver Juarranz, doña María Carmen Peñalver Juarranz, doña María Luisa Peñalver Juarranz y don José María Peñalver Juarranz, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 10 y número 11: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 810 del polígono 15, cuyo titular catastral es don Juan Plaza Gismero, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 11 y número 1: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 10.812 del polígono 15, cuyo titular catastral es don Feliciano Saldaña Meco, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

El lindero Sur queda definido por los piquetes de deslinde del número 1 al número 3, distinguiendo los siguientes tramos:

l Piquetes de deslinde número 1 y número 2: Coincidentes con mojones de concentración parcelaria. En este tramo, el límite del monte queda definido por el margen derecho del “Camino de Valdeluño”, correspondiente a la parcela catastral 9.002 del polígono 15, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa.

l Piquetes de deslinde número 2 y número 3: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 806 del polígono 15, cuyos titulares catastrales son doña María José Viñas Torres, doña Pilar Torres Lara, don Esteban Viñas Torres, doña Mariana Torres Calleja, doña Manuela Viñas Torres, doña María Amparo Torres Lara, doña Francisca Torres Lara y doña Ildefonsa Torres Calleja, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

El lindero Oeste queda definido por los piquetes de deslinde del número 3 al número 7, distinguiendo los siguientes tramos:

l Piquetes de deslinde número 3 y número 4: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 804 del polígono 15, cuyos titulares catastrales son los herederos de doña Carolina Martínez Anchuelo, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 4 y número 5: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 800 del polígono 15, cuyo titular catastral es don Pascual Plaza Peñalver, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 5 y número 6: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte número 188 “El Robledal” con el monte número 183 “Las Covachas y otros”, correspondiente a la parcela catastral 801 del polígono 15, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Los Santos de la Humosa, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

l Piquetes de deslinde número 6 y número 7: Ambos coincidentes con mojones de concentración parcelaria. Estos piquetes definen el límite común del monte con la parcela catastral 802 del polígono 15, cuyo titular catastral es doña Francisca Peñalver Juarranz, como la línea recta que resulta de unir ambos piquetes de deslinde.

— Superficies:

l Superficie total del monte: 14,6979 hectáreas.

l Superficie enclavados: 0,0000 hectáreas.

l Superficies públicas:

– Superficie del monte: 14,6979 hectáreas.

– Superficie estimada de VVPP (según clasificación): 0,0000 hectáreas.

– Superficie total pública: 14,6979 hectáreas.

— Otras características: El monte “El Robledal” fue adquirido por la Comunidad de Madrid por título de permuta, autorizada mediante Orden de 19 de octubre de 1993, el 21 de marzo de 1994, inscribiéndose en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares número 4, a favor de la Comunidad de Madrid el 5 de mayo de 1994, tal y como consta en el tomo 3.482, libro 52, folio 49 y finca 5.199.

Segundo

Que se declare atribuida al monte la siguiente finca, del término municipal de Los Santos de la Humosa, de cuya inscripción en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares número 4, existe constancia en el expediente:

— Finca ubicada en el sitio conocido como “Las Covachas y El Tocón”, inscrita en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares número 4, término municipal de Los Santos de la Humosa, al folio 49 del tomo 3.482, del libro 52, finca número 5.199, inscripción 4.a de 5 de mayo de 1994, a favor de la Comunidad de Madrid atribuida totalmente al monte.

— Que se acuerde gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte.

Tercero

Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Que se lleven los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares número 4.

Quinto

Que, a la mayor brevedad posible, se proceda al amojonamiento de este monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; pero no podrá sustanciarse en dicha Jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil.

Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 29 de diciembre de 2009.

La Consejera de Medio Ambiente,
 Vivienda y Ordenación del Territorio,
 ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/2.146/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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