Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0113

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 50
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Por la presente, y en virtud de lo acordado en autos de juicio verbal número 1.225 de 2009, seguidos en este Juzgado por doña María Luz Martínez Noriega, contra doña María Manuela Benito López, se le notifica la sentencia a doña María Manuela Benito López, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Luz Martínez Noriega, representada por la procuradora doña Ana María Pinto Cebadera, contra doña María Manuela Benito López, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento que une a las partes litigantes, que tiene por objeto la vivienda sita en la calle Goya, número 55, cuarto izquierda, de Madrid, decretando el desahucio de la demandada, y condenándole al desalojo dentro del plazo previsto legalmente, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe preparar recurso de apelación ante este órgano judicial dentro de los cinco días siguientes a la notificación, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitando a citar la resolución apelada, manifestado la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María Manuela Benito López se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/607/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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