Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-02-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0093

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 7
DE LEGANÉS

EDICTO

Don José Mariano González Sánchez, secretario del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 403 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés (Madrid), a 9 de diciembre de 2009.—Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número indicado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, “Alcampo” y don Narcís Adrián Román, en atención al siguiente

Fallo

Que condeno a don Narcís Adrián Román, por su autoría de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de sesenta días-multa, con una cuota diaria de 10 euros, o al arresto legal sustitutorio en caso de impago, y a que se indemnice a “Alcampo” con la suma de 53,11 euros; si bien, la perjudicada documentará haber destruido o retirado de la venta el producto antes de percibir la suma, cantidad que, si no, se devolverá al responsable civil.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito, a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Narcís Adrián Román, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 21 de diciembre de 2009.—El secretario (firmado).

(03/2.046/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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