Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100202-0120
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS AJALVIR PERSONAL Por acuerdo del Pleno municipal de 2 de julio de 2009 se adoptaron por mayoría absoluta legal los siguientes acuerdos: “Se procede a la aprobación definitiva tras su tramitación, aprobación inicial y exposición al público del expediente de amortización de la plaza de auxiliar de control, grupo 10 (recepción de la Casa Consistorial, según convenio colectivo vigente del personal laboral del ayuntamiento de Ajalvir). Dicha plaza estaba ocupada por doña María Gema Calleja Pérez, mediante contrato de interinidad hasta la cobertura definitiva de la plaza. Asimismo, se aprobó definitivamente la modificación presupuestaria del presupuesto ordinario de 2009, de la que trae causa dicha amortización de la plaza laboral referida y la modificación de la plantilla vinculada. Asimismo, se aprobó definitivamente la modificación de la Oferta Pública de Empleo (OPE 2009), dándose de baja de dicha Oferta Pública de Empleo dicha plaza laboral de auxiliar de control, grupo 10, recepción de la Casa Consistorial, partidas 121.13101/121.1301/314.16000 (personal laboral eventual-interino)”. Lo que se aprobó por mayoría absoluta legal. Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que ha dictado el acto, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de esa Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Si el acto fuera expreso, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo será de dos mees contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que este deba entenderse presuntamente desestimado. En Ajalvir, a 10 de noviembre de 2009.—El alcalde, Antonio Martín Méndez. (03/3.850/10) |