Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100128-0027

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 29 de diciembre de 2009, aprobó inicialmente el presupuesto general del Ayuntamiento de Algete para el ejercicio 2010. De acuerdo con el artículo 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al haber transcurrido quince días desde su publicación sin que se hayan presentado reclamaciones ante el Pleno, el presupuesto se considera definitivamente aprobado.

Conforme al artículo 169.3 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, se da publicidad a tal aprobación definitiva mediante el presente anuncio, donde figura dicho presupuesto general resumido por capítulos de todos los presupuestos y estados de previsión que lo integran.

Siendo el resumen a nivel de capítulos del presupuesto consolidado del Ayuntamiento de Algete el siguiente:

PRESUPUESTO CONSOLIDADO EJERCICIO 2010

Asimismo, se da publicidad a la plantilla presupuestaria aprobada junto con el presupuesto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

Plantilla de personal presupuesto 2010

Personal funcionario

Conforme al artículo 171.1 del citado Real Decreto Legislativo 2/2004, contra la aprobación definitiva de este presupuesto general podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Algete, a 25 de enero de 2010.—El concejal-delegado de la Concejalía de Economía, Hacienda y Administración General, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(03/3.214/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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