Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100128-0003
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VELILLA DE SAN ANTONIO ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el siguiente decreto, cuyo texto íntegro dice: En virtud de las competencias que se me confieren de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2.3 de la Ley 7/1985, de las Bases de Régimen Local, y los artículo 41, 43, 44, 45 y 46 del ROF, decreto: Primero.—Nombrar tenientes de alcalde a: Primera teniente de Alcaldía: doña Juana Balas Hernández. Segunda teniente de Alcaldía: doña María Olga Bueno Dueñas. Tercera teniente de Alcaldía: doña María José Soria Hurtado. Cuarto teniente de Alcaldía: don Antonio Montes López. Segundo.—Delegar en los concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican: Concejalías de Hacienda y Recursos Financieros. Personal y Administración General: doña Nuria Muñoz Carretero, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Área de Hacienda y Recursos Financieros: impulso y dirección política del seguimiento presupuestario, y en concreto: l Asunción de las tareas propias de la Tesorería-Recaudación. l Seguimiento de la ejecución presupuestaria. — Área de Personal, Administración General: l Impulso de los expedientes relacionados con la selección de personal. l Seguimiento y dirección política de los derechos y deberes del personal, así como la presidencia de los órganos relacionados con la negociación colectiva. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Concejalías de Educación y Participación Ciudadana e Información Municipal: doña Juana Balas Hernández, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Área de Educación: impulso y dirección política de las competencias que en materia de educación pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto: l Escuelas públicas municipales, incluida la representación del Ayuntamiento en los órganos propios de las mismas. l Actividades de carácter docente dirigidas a la mejor formación de la población en general. l Escuela infantil municipal. l Escuela de adultos. l Escuela municipal de música, danza y teatro. — Área de Participación Ciudadana: impulso y dirección política de las competencias que en materia de participación ciudadana pueda tener el Ayuntamiento, y en concreto: l Relaciones con las distintas asociaciones municipales de la localidad. l Representación del Ayuntamiento en el Consejo de Participación Ciudadana. l Impulso y seguimiento de los expedientes de subvención a las asociaciones municipales. l Coordinación del Centro de Asociaciones. — Área de Información Municipal: l Impulso y dirección de la revista municipal. l Gestionar la información que genera el Ayuntamiento. l Gestión de la web municipal. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Concejalías de Seguridad/Desarrollo Económico y Transportes: doña María José Soria Hurtado, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Area de Seguridad: impulso y dirección política de las cuestiones concernientes al área de Policía Local, y en concreto: l Circulación viaria. l Política de seguridad ciudadana dentro del Municipio. l Dirección, seguimiento y control del Cuerpo de Protección Civil. l Dirección, seguimiento, control y organización del personal de la Policía Local. l Resolución de los expedientes de sanción administrativa asignados al área de Policía Local. l Resolución de los expedientes de retirada de vehículos. — Area de Desarrollo Económico: l Impulso y promoción de planes de empleo y formación. l Relación con agentes sociales y desarrollo económico. l Bolsa de empleo. Gestión de la oferta y demanda de empleo. l Planificación y gestión de todos aquellos aspectos que favorezcan el desarrollo socioeconómico del municipio. l Licencias urbanísticas y de apertura, de industrias y comercios. l Convenios Servicio Regional de Empleo y Corporaciones Locales. l Escuelas taller y casas de oficio. l Talleres de empleo. l Relaciones con los agentes sociales: organizaciones sindicales y patronal. l La mejora de la formación. Formación continua. Formación ocupacional y orientación para el empleo y el autoempleo. l Ventanilla única empresarial. Oficina de asesoramiento empresarial. l Servicio de asesoramiento empresarial. l Seguimiento y concesión de las licencias de obras menores. — Área de Transportes: l Impulso y dirección política de las competencias propias en transporte, así como el seguimiento de aquellas competencias que siendo de la Comunidad Autónoma de Madrid o del Estado afecten al transporte exterior de este municipio. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Concejalía de Deportes/Medio Ambiente y Residuos/Ordenación del Territorio/Vías y Obras y Alumbrado y Parques y Jardines: don Antonio Montes López, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Área de Deportes: impulso y dirección política de todas las actividades deportivas dentro del municipio, lo que se concreta en: l Seguimiento del IDM ( Instalaciones Deportivas Municipales) y de las actividades que se realizan dentro de su ámbito. l Impulso de las actividades de carácter deportivo. l Organización y seguimiento del personal adscrito al área. — Medio Ambiente y Residuos: l Impulso y dirección política de todo lo tendente a fomentar un medio ambiente acorde con las necesidades que demanda nuestra población. l Seguimiento y planificación de la limpieza viaria y residuos. l Seguimiento y planificación de la recogida de los vertidos. l Seguimiento del vertedero municipal. l Organización y seguimiento de los polígonos industriales en lo referente a la recogida de residuos. — Ordenación del Territorio: impulso y dirección política de todas las competencias concernientes al área de ordenación del territorio, y en concreto: l Obras mayores. l Seguimiento de obras mayores e infraestructuras. l Planeamiento de desarrollo y gestión urbanística. l Seguimiento de la gestión catastral. — Vías y Obras, Alumbrado, Parques y Jardines: impulso y dirección política de todas las competencias concernientes a estas áreas, y en concreto: l Seguimiento y control del mantenimiento de las infraestructuras municipales. l Seguimiento y planificación de la limpieza viaria. l Mantenimiento de las zonas verdes y mobiliario municipal. l Seguimiento del servicio de alumbrado público. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Concejalías de Sanidad y Consumo, Festejos, Mujer y Servicios de Alcantarillado, Tanatorio y Cementerio: doña María Olga Bueno Dueñas, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Área de Sanidad y Consumo: impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto: l Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio. l Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del centro de salud municipal. l Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”. l Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal. — Área de Festejos: organización, impulso y promoción de las festividades locales, y en concreto el impulso, seguimiento y gestión de las fiestas patronales y actividades taurinas. — Área de Mujer: impulso y dirección política tendentes a la efectiva integración de las mujeres en la sociedad, y en concreto en: l Promoción de actividades para la mujer. l Coordinación con las actividades de otras áreas que puedan fomentar estos fines. l Seguimiento del desarrollo de los planes de igualdad entre hombres y mujeres. l Dirección del Centro Asesor de la Mujer. — Servicios de Alcantarillado, Tanatorio y Cementerio: l Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencias de cala, etcétera). l Seguimiento del servicio de agua y alcantarillado público. l Seguimiento, planificación y concesión, en su caso, de los permisos a que diera lugar el cementerio y tanatorio municipal. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Concejalía de Infancia y Juventud, Mayores, Servicios Sociales y Cultura: doña Carmen Burgueño García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía: — Área Infancia y Juventud: impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto: l El fomento de actividades que cumplan dicho fin. l La Casa de la Juventud. l Protección y atención de los niños y niñas de la localidad. — Área de mayores: impulso y dirección política de los derechos de las personas mayores, y en concreto: l Relaciones institucionales con el colectivo de la tercera edad. l Casa de la Tercera Edad. l Actividades de la tercera edad. — Área de Servicios Sociales: impulso y dirección política de las competencias en servicios sociales que tenga asignado el municipio, lo que se concreta en: l Vocal de la Mancomunidad de Servicios Sociales, relaciones con la misma. l Organización de las actividades propias de los servicios sociales del municipio en relación con la Mancomunidad o fuera de esta. l Actividades sociales. l Servicios sociales de carácter general. — Área de Cultura: impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio, y en concreto en: l Realización de actividades culturales en el municipio. l Impulso institucional del auditorio municipal. l Impulso institucional de la biblioteca municipal. l Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas. Tercero.—Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes concejales: l Doña Nuria María Muñoz Carretero. l Doña María Olga Bueno Dueñas. l Don Antonio Montes López. l Doña Juana Balas Hernández. Cuarto.—Delegar en la Junta de Gobierno Local Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización. Quinto.—Notificar este nombramiento a los concejales designados. Sexto.—Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del ROF y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general. Séptimo.—Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del ROFCL. En Velilla de San Antonio, a 18 de diciembre de 2009. Ante mí, el secretario general, Carlos L. Miró Mancebo.—El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla. Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del ROFCL. En Velilla de San Antonio, a 8 de enero de 2010.—El secretario general, Carlos L. Miró Mancebo. (03/1.769/10) |

