Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-01-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100128-0306

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 366 de 2009-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petrisor Marine Draganescu, contra la empresa “Ega System, Sociedad Limitada”, sobre extinción de contrato de trabajo, se ha dictado la siguiente resolución:

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 23 de diciembre de 2009.

Se tiene por anunciado recurso de suplicación por la parte actora, contra la sentencia dictada en este proceso. Se advierte a la letrada doña Paloma Barandiaran Gil, designada por la parte recurrente, que quedan a su disposición los autos en esta Secretaría para que en el plazo de una audiencia se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los diez días siguientes al del vencimiento de dicha audiencia, que correrán cualquiera que sea el momento en que se retiren los autos puestos a su disposición.

De no efectuarse lo que antecede en tiempo y forma, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso.

Se le advierte para que en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del Tribunal Superior de Justicia conforme dispone el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral, líbrese testimonio para su unión a los autos, quedando el original en poder de la secretaria que refrenda.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: El magistrado-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ega System, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 23 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.402/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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