Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100128-0293

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 36 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 247 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Antonio Esteban Felipe, contra la empresa “Contrataciones Julián Pinillos, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Razonamientos jurídicos:

Primero.—Como resulta de lo actuado y del silencio contradictorio de la condenada que no comparece para defender su derecho, debe tenerse como cierto que la empresa no ha procedido a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones anteriores al despido, lo que supone, conforme establece el artículo 279 de la Ley de Procedimiento Laboral, la declaración de extinción de la relación laboral que unía a las partes con efectos desde la presente resolución judicial y la condena a la empresa al abono de una indemnización de cuarenta y cinco días, ampliable hasta quince días por año de servicio y máximo de doce mensualidades si concurriesen circunstancia de gravedad y perjuicio del trabajador; así como al pago de los salarios devengados desde el despido hasta al fecha de la presente resolución.

Segundo.—Las cantidades brutas a que tiene derecho el ejecutante por aplicación de la normativa legal procedente desglosado en las siguientes partidas:

a)  Indemnización por no readmisión 28.496 euros.

b)  Salarios dejados de percibir desde el 28 de febrero de 2009 (doscientos sesenta y dos días), a razón de 41,60 euros diarios: 10.899,2 euros.

No concurren circunstancias que permitan imponer el pago de una indemnización adicional.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1.  Declarar extinguida la relación laboral existente entre don José Antonio Esteban Felipe y la empresa “Contrataciones Julián Pinillos, Sociedad Limitada”, con efectos de 17 de noviembre de 2009.

2.  Condenar a la empresa “Contrataciones Julián Pinillos, Sociedad Limitada”, al pago a don José Antonio Esteban Felipe de la cantidad de 39.395,2 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Patricia Valle Lorenzo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Contrataciones Julián Pinillos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.462/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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