Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100127-0073
Páginas: 0
|
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS BATRES ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Decreto de Alcaldía.—Visto lo dispuesto en la Ley 35/1994, de 23 de noviembre; la instrucción de 26 de enero de 1995, sobre autorización de matrimonio civil por los alcaldes, y los artículos 21.1.s) y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el artículo 43.4 y 5.a) del Real Decreto Legislativo 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, he resuelto: Primero.—Delegar en la concejala de esta Corporación, doña Consuelo Torres Guirao, la competencia especial para autorizar matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Batres. En caso de ausencia de la misma, la delegación recaerá, por orden sucesivo, en los siguientes concejales: 1.o Doña Ana Jiménez Martín-Lunas. 2.o Don Félix Alberto Gómez García. Segundo.—Notificar personalmente la presente resolución a los interesados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; dar cuenta de la misma al Pleno en la próxima sesión que celebre, publicarla en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Batres. Todo ello sin perjuicio de su efectividad desde el mismo día de la firma de la resolución por el alcalde. Lo mando y firmo en Batres, a 14 de enero de 2010.—El alcalde, José María Henche García. (03/2.162/10) |

