Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-01-2010

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100127-0010

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Consejería de Empleo y Mujer

Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, y la delegada de personal (PCM-477/2009).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.f) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de octubre de 2009.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

Expediente número PCM-477/2009.

En Madrid, a las nueve cuarenta y cinco horas del día 25 de septiembre de 2009.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Rafael Franch Díaz.

Vocal: Don Mariano López de Ayala Genovés.

Vocal: Doña Amparo López Castro.

Vocal: Doña Olga Gutiérrez Alonso.

Secretaria: Doña Josefa Díez Arribas.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación registrada en la sede del Instituto con fecha 18 de septiembre de 2009, para conocer del expediente citado.

De una parte, constan como citados y comparecen:

Don César García Reillo, en calidad de administrador.

La empresa “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, domiciliada en la calle Valdetorres de Jarama, número 31, de Algete.

De otra parte, constan como citados y comparecen:

Doña Mercedes Egido Rubio, en calidad de representante de AADD-CC OO.

Doña Julia Córdoba Hisado, en calidad de representante de FSP-UGT.

Doña Margarita Elvira López, en calidad de delegada de Personal.

Don Félix Lozano Mingo, en calidad de asesor de UGT.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto,
según escrito introductorio presentado por la representación
de la Federación de AADD-CC OO

ABIERTO EL ACTO

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial manifiesta su postura y deja constancia de que el nombre de la empresa es “Servicios Asistenciales Reigon BBS, Sociedad Limitada”, y no el que figura en el escrito introductorio.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1.  Ambas partes acuerdan reunirse en el seno de la empresa el día 1 de octubre de 2009 para comprobar las posibles irregularidades en las subrogaciones.

2.  Igualmente se verificarán los tiempos de desplazamiento de los trabajadores para que queden fijados en los partes de trabajo, estableciéndose como plazo máximo para reunirse por esta cuestión el día 30 de octubre.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto, con la obligación de cumplir lo que en él se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes in­tervinientes sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, ­pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada a las diez y veinte horas del día de hoy.—La Secretaria suplente (firmado).

(03/35.350/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.120.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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