Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100127-0253

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CIEMPOZUELOS

OTROS ANUNCIOS

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 31 de enero de 1999), que modifica la anterior, y habiéndose intentado la notificación por dos veces a los interesados doña Vicenta Galbis Valero y don Pedro Berlanga Hernández, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables al Ayuntamiento de Ciempozuelos, se comunica para su conocimiento y efectos a doña Vicenta Galbis Valero y don Pedro Berlanga Hernández que por parte de la Alcaldía-Presidencia se ha dictado la siguiente resolución:

Asunto: aprobación inicial de la constitución y proyecto de estatutos que regularán la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-18 A, “La Sendilla”, de Ciempozuelos.

Fecha de la resolución: 10 de septiembre de 2009.

Visto el informe jurídico emitido por los servicios jurídicos municipales de fecha 10 de septiembre de 2009, relativo al cumplimiento de las determinaciones exigidas por las disposiciones legales vigentes en relación a la tramitación del expediente de referencia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Alcaldía-Presidencia viene a resolver lo siguiente:

Primero.—Aprobar inicialmente la constitución y proyecto de estatutos que regularán la composición y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación de la urbanización correspondiente al Sector S-18 A, “La Sendilla”, de Ciempozuelos, en desarrollo y de conformidad con el planeamiento urbanístico, cuyo texto se transcribe en el anexo adjunto, que se aprueba en este mismo acto.

Segundo.—Ordenar, a cargo de los promotores, la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de ámbito provincial para la apertura de un plazo de información pública de veinte días sobre todos los documentos objeto de aprobación, durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes.

Tercero.—Notificar de forma individualizada la presente resolución a todos los propietarios afectados por el sistema de actuación, para que en el plazo de veinte días contados a partir de la notificación estos puedan formular ante la Administración actuante las alegaciones que a sus derechos convengan.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndose de que se trata de un acto de trámite y, como tal, no procede la interposición de recursos contra el mismo.

No obstante, contra las resoluciones y los actos de trámite que decidan, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se podrá interponer el recurso potestativo de reposición, que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la Ley 30/1992. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes; el plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de un mes desde su interposición (artículo 117 de la Ley 30/1992).

Pudiendo, no obstante, formular cualquier otro que estimen procedente.

Ciempozuelos, a 14 de diciembre de 2009.—La alcaldesa-presidenta, María Ángeles Herrera García.

(02/14.496/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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