Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0103

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

RIVAS-VACIAMADRID

URBANISMO

Con fecha 24 de septiembre de 2009 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el anuncio de aprobación definitiva por parte del Pleno Municipal, en sesión celebrada el 23 de julio anterior, del Plan Especial de Reforma calle Sierra Nevada, con vuelta Ordesa, con vuelta Aigües Tortes, de la ZUOP 4, “Urbanizaciones”, siendo depositada copia del expediente tramitado en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio con fecha 7 de octubre de 2009.

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, y del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, se hace público el texto íntegro de las ordenanzas del referido Plan Especial.

3.  NORMAS URBANÍSTICAS

3.1.  Ordenanzas de aplicación

A continuación se detallan los artículo del Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid que determinan las normas de aplicación específicas sobre la parcela objeto del presente Plan Especial y que, en concreto, son las correspondientes al grado 1 de la Zona Urbanística de Ordenación Pormenorizada número 4, “Urbanizaciones”.

TÍTULO IV

RÉGIMEN URBANÍSTICO DE CADA CLASE DE SUELO

Capítulo 4

Suelo urbano

SECCIÓN CUARTA

Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada

Artículo 138.  Zona 4, “Urbanizaciones”.

Ámbito y tipología

Pertenecen a esta ordenanza los ámbitos de las urbanizaciones “La Partija”, “Santa Marta” y “Santa Mónica” y las viviendas unifamiliares del Área Mixta de La Partija.

La tipología dominante es la de vivienda unifamiliar, en soluciones aislada y agrupada, con una parcela de vivienda colectiva.

Grado 1: vivienda colectiva.

Condiciones de parcela

Parcela mínima: la existente, no permitiéndose ningún tipo de parcelación.

Condiciones de edificabilidad

Grado 1: 5.850 metros cuadrados.

Densidad máxima de viviendas

Grado 1: 40 viviendas en planta primera y ático retranqueado (se modifica a 82 viviendas en plantas baja, primera y ático retranqueado).

Condiciones de volumen

Ocupación máxima: 80 por 100.

Altura máxima: baja + 1 + ático retranqueado.

La planta baja se destinará a uso comercial (se elimina esta condición).

Condiciones de posición de la edificación

Los retranqueos a todos los linderos serán como mínimo de 3 metros.

Condiciones de los usos

Uso característico: residencial.

Usos compatibles:

— Despacho profesional del titular de la vivienda y vinculado a ella.

— Instalaciones deportivas, en situación de edificio exclusivo y en parcela mancomunada.

— Dotacional en situación de edificio exclusivo, siempre que cuente con autorización notarial de los colindantes.

— Garaje-aparcamiento.

Rivas-Vaciamadrid, a 9 de noviembre de 2009.—El alcalde, José Masa Díaz.

(02/13.338/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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