Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0103
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS RIVAS-VACIAMADRID URBANISMO Con fecha 24 de septiembre de 2009 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el anuncio de aprobación definitiva por parte del Pleno Municipal, en sesión celebrada el 23 de julio anterior, del Plan Especial de Reforma calle Sierra Nevada, con vuelta Ordesa, con vuelta Aigües Tortes, de la ZUOP 4, “Urbanizaciones”, siendo depositada copia del expediente tramitado en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio con fecha 7 de octubre de 2009. En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, y del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, se hace público el texto íntegro de las ordenanzas del referido Plan Especial. 3. NORMAS URBANÍSTICAS 3.1. Ordenanzas de aplicación A continuación se detallan los artículo del Plan General de Ordenación Urbana de Rivas-Vaciamadrid que determinan las normas de aplicación específicas sobre la parcela objeto del presente Plan Especial y que, en concreto, son las correspondientes al grado 1 de la Zona Urbanística de Ordenación Pormenorizada número 4, “Urbanizaciones”. TÍTULO IV RÉGIMEN URBANÍSTICO DE CADA CLASE DE SUELO Capítulo 4 Suelo urbano SECCIÓN CUARTA Zonas urbanísticas de ordenación pormenorizada Artículo 138. Zona 4, “Urbanizaciones”. Ámbito y tipología Pertenecen a esta ordenanza los ámbitos de las urbanizaciones “La Partija”, “Santa Marta” y “Santa Mónica” y las viviendas unifamiliares del Área Mixta de La Partija. La tipología dominante es la de vivienda unifamiliar, en soluciones aislada y agrupada, con una parcela de vivienda colectiva. Grado 1: vivienda colectiva. Condiciones de parcela Parcela mínima: la existente, no permitiéndose ningún tipo de parcelación. Condiciones de edificabilidad Grado 1: 5.850 metros cuadrados. Densidad máxima de viviendas Grado 1: 40 viviendas en planta primera y ático retranqueado (se modifica a 82 viviendas en plantas baja, primera y ático retranqueado). Condiciones de volumen Ocupación máxima: 80 por 100. Altura máxima: baja + 1 + ático retranqueado. La planta baja se destinará a uso comercial (se elimina esta condición). Condiciones de posición de la edificación Los retranqueos a todos los linderos serán como mínimo de 3 metros. Condiciones de los usos Uso característico: residencial. Usos compatibles: — Despacho profesional del titular de la vivienda y vinculado a ella. — Instalaciones deportivas, en situación de edificio exclusivo y en parcela mancomunada. — Dotacional en situación de edificio exclusivo, siempre que cuente con autorización notarial de los colindantes. — Garaje-aparcamiento. Rivas-Vaciamadrid, a 9 de noviembre de 2009.—El alcalde, José Masa Díaz. (02/13.338/09) |