Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0084

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 14 DE MADRID

EDICTO

Vistos por doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, los presentes autos sobre despido, seguidos en este Juzgado bajo el número 1.168 de 2009, entre las siguientes partes: de una, y como demandante, doña Marilyn de la Cruz Rodríguez, asistida de la letrada doña Susana Pedrosa Gómez, y de otra, como demandados, la empresa “Ciao da Vito, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en debida forma, y el Fondo de Garantía Salarial, representado por doña Pilar Carballo Soria.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Marilyn de la Cruz Rodríguez, contra la empresa “Ciao da Vito, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora. Y, asimismo, declaro la extinción de la relación laboral con efectos de fecha 11 de diciembre de 2009, condenando a la empresa demandada a abonar a la actora la suma de 3.770,30 euros como indemnización y los salarios dejados de percibir desde el 16 de junio de 2009 hasta el 11 de diciembre de 2009, a razón de 32,09 euros diarios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso de haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/1.067/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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