Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-01-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0224

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el proceso seguido ante este Juzgado de lo social número 1, registrado con el número 448 de 2008, ejecución número 172 de 2008, a instancias de don Miguel Lobato Pamias, contra “Contenedores y Excavaciones Móstoles, Sociedad Limitada”, y doña Gloria Alvite Pillado, en reclamación sobre extinción, en providencia de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, por término de veinte días, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada, cuya relación y tasación es la siguiente:

Bienes que se subastan y valoración

Vehículo camión, marca “Iveco”, modelo ML 180 E, matrícula 5561CBB.

Valorado en 29.438 euros.

Condiciones de subasta

Tendrá lugar en la Sala de audiencia de este Juzgado sito en Móstoles, calle de San Antonio, número 4, en única subasta el día 9 de febrero de 2010, que se celebrará a las diez y treinta horas.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese, se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar; y en días sucesivos, si se repitiera o subsistiese dicho impedimento.

El vehículo subastado se encuentra depositado en el domicilio social de “Contenedores y Excavaciones Móstoles, Sociedad Limitada”, sito en la calle C, número 36, polígono industrial número 1, de Móstoles.

La subasta se celebrará bajo las condiciones siguientes:

1.a  Antes de verificarse el remate podrá la deudora liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

2.a  Los licitadores deberán depositar previamente en el establecimiento bancario “Banesto”, número cuenta 2850/0000/64/
0172/08, el 20 por 100 del valor que se haya dado a los bienes, mediante ingreso o aval bancario (artículo 669.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

3.a  Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, que se presentarán en la Secretaría del Juzgado y, depositando en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta 2850/0000/64/0172/08, el 20 por 100, acompañando resguardo de haberlo efectuado. Dichos pliegos se conservarán cerrados por la secretaria judicial y serán abiertos en el acto del remate al publicarse las posturas (artículo 648 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

4.a  El ejecutante solo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieran sin necesidad de consignar depósito (artículo 647.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5.a  Solo la adquisición o adjudicación practicada a favor del ejecutante o de los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá efectuarse en calidad de ceder a tercero (artículos 264 de la Ley de Procedimiento Hipotecario y 647.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6.a  Si la adquisición en subasta o la adjudicación en pago se realiza a favor de parte de los ejecutantes y el precio de adjudicación no es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios solo se extinguirán hasta la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional. De ser inferior al precio deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico (artículo 263 de la Ley de Procedimiento Laboral).

7.a  De resultar desierta la subasta, tendrá el ejecutante, o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios, el derecho a adjudicarse los bienes por el 25 por 100 del avalúo, dándoseles a tal fin el plazo común de diez días. De no hacerse uso de este derecho se alzará el embargo. (artículo 262 de la Ley de Procedimiento Laboral).

8.a  Se procederá a la aprobación del remate y a la adjudicación, en su caso, conforme a lo dispuesto en el artículo 650 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, y en cumplimiento de lo establecido en Leyes Procesales expido la presente en Móstoles, a 16 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/976/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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