Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0223
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE MÓSTOLES EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 545 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Modesto Sáez Suárez, contra la empresa “Soluciones Integrales Ecológicas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 398 de 2009 Estimando la demanda interpuesta por don Modesto Sáez Suárez, contra “Soluciones Integrales Ecológicas, Sociedad Limitada” (“Solintenco, Sociedad Limitada”), y los administradores concursales don Carlos del Arco Herrero, don Inocencio Carazo González, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 27 de febrero de 2009, y declaro extinguida desde esta fecha la relación laboral que vinculaba a las partes, condenando a la demandada a abonar al demandante una indemnización en cuantía de 63.909,3 euros, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (27 de febrero de 2009) hasta la fecha anterior a la que el actor empezó a trabajar en otra empresa, a razón de 93,64 euros/día. Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades del Fondo de Garantía Salarial en virtud del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, sucursal 1096, de paseo de Goya, número 2, de Móstoles, a nombre de este Juzgado con el número 2850, acreditándolo con presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2850, la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones Integrales Ecológicas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Móstoles, a 2 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/987/10) |