Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-01-2010

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100125-0072

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Subdirección General de Edificación

Departamento de Ordenación

ANUNCIO

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 26 de noviembre de 2009, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública con estimación parcial de las alegaciones presentadas, según lo indicado en el informe de fecha 4 de noviembre de 2009 del Departamento de Ordenación de la Subdirección General de la Edificación, el Plan Especial en el local sito en la finca de la calle General Oraá, número 67, en el Distrito de Salamanca, promovido pro don Cesare Passi Ferrero, en representación de “Flat Pass, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se pública el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS DE PROTECCIÓN

Régimen general de las obras

Se establecen normas especificadas de protección además de lo establecido en el Plan General de Ordenación Urbana.

El citado Plan General de Ordenación Urbana de Madrid establece como elemento protegido la fachada del edificio. En el presente Plan, por supuesto, se mantiene esta y se añaden ciertos elementos del actual cinematógrafo según se enumera a continuación: escaleras de subida desde el vestíbulo de planta baja, cerchas de acero de la cubierta que se mantiene y nive de forjados del cine actual. Concretamente el forjado inclinado del entresuelo se propone demolerlo y rehacerlo horizontal.

Régimen específico de las obras

A través de este Plan Especial se realizarán obras de reestructuración y demolición parcial para la demolición y liberación del 71,93 por 100 de la superficie que ocupa el patio libre de parcela.

Régimen de uso

A través de este Plan Especial se admite la sustitución de uso de cinematógrafo por el de uso residencial, terciario oficinas y garaje en plantas sótano.

Madrid, a 17 de diciembre de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/14.491/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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