Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-01-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100121-0324

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE SANTA CRUZ
DE TENERIFE

EDICTO

Don Antonio Revert Lázaro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Santa Cruz de Tenerife y su provincia.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de sentencia número 375 de 2009, seguido a instancias de don Lucky Erhahon, contra la empresa “Reciclajes San Fernando, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se despacha ejecución a instancias de don Lucky Erhahon, contra “Reciclajes San Fernando, Sociedad Limitada”, por un principal de 4.518,41 euros, más 271,10 euros de intereses provisionales y la de 451,84 euros de costas provisionales.

Se significa a la deudora que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, número 3796000064037509 de “Banesto”, oficina principal en Santa Cruz de Tenerife.

Se autoriza al funcionario de este Juzgado para que a través del Punto Neutro Judicial recabe la información precisa, para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta en el procedimiento de referencia, tanto de entidades públicas como entidades financieras o depositarias o de otras privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con la ejecutada deban tener constancia de los bienes o derechos de esta o pudieran resultar deudoras de la misma.

Asimismo, se concede el trámite de audiencia previsto en el artículo 274 de la Ley de Procedimiento Laboral al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que inste la práctica de las diligencias que a su derecho pudieran convenir.

Se decreta el embargo de los créditos cuyos datos más adelante se especifican como de la titularidad de la ejecutada, a cuyo efecto se librará el oportuno oficio con los insertos necesarios, debiendo cumplimentarse dentro del plazo máximo de diez días, bajo los apercibimientos legales que procedan.

Especificación de datos: saldos acreedores que consten a favor de la empresa ejecutada en las entidades bancarias “La Caixa”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Banco Popular Español”.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio de la oposición que pueda formular la ejecutada dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a la notificación, fundada en defectos procesales tasados por Ley, pago o cumplimiento que habrá de justificar documentalmente, caducidad de la acción ejecutiva y/o los pactos y transacciones que se hubieren convenido para evitar la ejecución siempre que consten en documento público, significándose a dicha parte que la oposición no suspenderá el curso de la ejecución.

Así se acuerda, manda y firma por doña Clara Eugenia Franco Pardo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Santa Cruz de Tenerife.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 y 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reciclajes San Fernando, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/593/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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