Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100116-0060

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 15 DE MADRID

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Juan Antonio Muñoz Sánchez, secretario judicial de refuerzo del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.434 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ecaterina Marín, contra la empresa “Panfresco, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ecaterina Marín, contra la empresa “Panfresco, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro la nulidad del despido acordado con efectos del día 4 de septiembre de 2009, así como se declara resuelta la relación laboral mantenida por ambas partes, condenando a la demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 5.411,81 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado por el trabajador, y abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de la presente sentencia a razón de 32,07 euros brutos diarios.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Panfresco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de diciembre de 2009.—El secretario judicial (firmado).

(03/43.643/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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