Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.60.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100115-0348
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C) Otras Disposiciones Consejería de Transportes e Infraestructuras
De acuerdo con lo señalado en el artículo 10.1 del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid, que establece que tras la entrada en vigor de este Decreto, podrán habilitarse los Registros Telemáticos para la recepción o salida de solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a otros procedimientos y trámites, mediante resolución del órgano, organismo o entidad que tenga atribuida la competencia para resolver el procedimiento, previos informes de la Dirección General de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano y del Organismo Autónomo Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid. Asimismo, y de acuerdo con el criterio 14.h) del Decreto 85/2002, de 23 de mayo, por el que se regulan los sistemas de evaluación de la calidad de los servicios públicos y se aprueban los Criterios de Calidad de la Actuación Administrativa en la Comunidad de Madrid, RESUELVO Primero Habilitación al Registro Telemático Habilitar al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de los siguientes procedimientos: — Solicitud de Arbitraje a la Junta Arbitral del Transporte de Madrid. — Solicitud de Autorización de Centro de Formación de Conductores. — Solicitud de Homologación de Cursos de Formación de Conductores. — Solicitud de Certificado de Conductor de Terceros Países. — Solicitud de Inscripción en el Registro de Mudanzas. Incluir en el Anexo I del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, los procedimientos “Solicitud de Arbitraje a la Junta Arbitral del Transporte de Madrid”, “Solicitud de Autorización de Centro de Formación de Conductores”, “Solicitud de Homologación de Cursos de Formación de Conductores”, “Solicitud de Certificado de Conductor de Terceros Países” y “Solicitud de Inscripción en el Registro de Mudanzas”. Dicho Anexo deberá entenderse modificado en lo relativo a estos procedimientos en el texto del último párrafo de la relación de procedimientos adscritos a la Consejería de Transportes e Infraestructuras, en los siguientes términos: “Trámites susceptibles de realización ante el Registro Telemático: Todos aquellos que en el momento de la presentación de la solicitud de inicio del procedimiento se encuentren en situación de operativos en la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo establecido en la página web www.madrid.org.” Segundo Aprobación de impresos Aprobar los modelos de solicitud que se incorporan a la presente Resolución como Anexos del I al V, a los efectos regulados en el artículo 35.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos. Lo que se hace público para general conocimiento. Madrid, a 23 de diciembre de 2009.—El Director General de Transportes, Ángel Yuste Castillejo. (03/954/10) |

