Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-01-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100115-0201

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 1 DE MÓSTOLES

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.145 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Amores García, don Carlos Varas Yagüez y don Ángel García Montoiro, con la empresa “Construcciones Reformas y Proyectos Cantisur 3000, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla, quedando el hecho probado primero, párrafo primero, como a continuación se dice:

“El demandante don Antonio Amores García ha trabajado para la empresa demandada desde el 24 de junio de 2003 hasta el 27 de junio de 2008, con categoría profesional de ayudante y un salario mensual bruto de 1.224,45 euros/mes (salario/día bruto 40,25 euros).”

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que en su caso se formule contra la sentencia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Reformas y Proyectos Cantisur 3000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/282/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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