Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
12-01-2010

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100112-0088

Páginas: 0


V. OTROS ANUNCIOS

Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, S. A.

EXHUMACIÓN RESTOS

La obligada rehabilitación del Cementerio de Nuestra Señora de la Almudena, en su parte más monumental, como consecuencia del expediente de ruinas sobre edificios de nichos, y en cumplimiento de lo dispuesto en los Reglamentos de Cementerios y Policía Sanitaria y Mortuoria, se procederá a la exhumación de los restos de párvulos, inhumados en la tercera meseta, rotondas primera, segunda y cuarta, fila primera, de los números 1 al 110; fila segunda, de los números 1 al 110; fila tercera, de los números 1 al 110; fila cuarta, de los números 1 al 110; fila quinta, de los números 1 al 110; fila sexta, de los números 1 al 110, y fila séptima, de los números 1 al 110, entre los días 1 de marzo al 30 de abril, ambos inclusive.

En la cuarta meseta, rotondas primera, segunda y tercera, fila primera, de los números 1 al 50; fila segunda, de los números 1 al 50; fila tercera, de los números 1 al 50; fila cuarta, de los números 1 al 50; fila quinta, de los números 1 al 50; fila sexta, de los números 1 al 50, y fila séptima, de los números 1 al 50, entre los días 1 de marzo al 30 de abril, ambos inclusive.

Por lo que se hace público para general conocimiento, advirtiendo que los titulares o personas interesadas en reclamar los restos de dichos fallecidos que no reciban notificación por escrito deberán dirigirse a las oficinas del Cementerio de Nuestra Señora de la Almudena, avenida de Daroca, número 90, donde podrán solicitar, en el plazo de treinta días, información sobre los trámites a realizar, a partir de la publicación del presente anuncio.

El hecho de no personarse en dicho cementerio llevará aparejada la pérdida de todo derecho a posterior solicitud.

Asimismo, en el mismo plazo podrán retirarse cuantos ornamentos se encuentren colocados en las unidades de enterramiento que habrán de exhumarse, previa acreditación de su titularidad. Transcurrido el plazo señalado, quedará caducado el derecho sobre los mismos.

Madrid, a 21 de diciembre de 2009.—El consejero-gerente de la Empresa Mixta de Servicios Funerarios de Madrid, Sociedad Anónima, Juan Antonio Valdivia Gerada.

(02/14.396/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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