Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100109-0119
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 29 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Ángeles Garrigós Castejón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 260 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra la empresa “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275”, contra la empresa “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social en caso de insolvencia de la parte demandada, por un principal de 357,50 euros, más la cantidad de 21,45 euros en concepto de intereses y 35,75 euros en concepto de costas provisionales. Líbrese oficio al Juzgado de lo social número 4 de Madrid, a fin de que remita a este Juzgado a la mayor brevedad posible testimonio del auto de insolvencia provisional de la demandada “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, dictado en el procedimiento número 218 de 2008, ejecución número 146 de 2008, a los efectos legales oportunos. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Foster Project Management, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/42.824/09) |