Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100108-0315

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 186 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Hernando Gutiérrez, contra don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen:

Finca número 20.190, al folio 47 del tomo 3.894, libro 265, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Henares.

Finca número 20.191, al folio 48 del tomo 3.894, libro 265, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Alcalá de Henares.

Como propiedad de “Wolfram, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-28015774, para responder de la cantidad de 73.177,44 euros de principal, más 5.122,42 euros que se calculan para intereses provisionales, más otros 7.317,74 euros calculados para costas, también provisionalmente, para este procedimiento, seguido a instancias de don Santiago Hernando Gutiérrez, contra don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a los ejecutados para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Francisco Gil Medina, “Wolfram, Sociedad Anónima”, y “Grupo Aries Santa Fe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.063/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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