Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
02-01-2010

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100102-0240

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 34 DE MADRID

EDICTO

Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.600 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Domingo Carlosviza Coaquira, contra la empresa “Sifa Obras e Infraestructuras, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 1 de junio de 2009, que es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo estimar la demanda interpuesta por don Ángel Domingo Carlosviza Coaquira, contra “Sifa Obras e Infraestructuras, Sociedad Limitada”, y, en su virtud, condenar a estas a que le satisfagan el importe de 1.514,24 euros por los conceptos de la demanda, más el interés por mora del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (10 por 100 anual) exclusivamente sobre los conceptos salariales. Respecto de los importes reclamados por el concepto de plus extrasalarial procede el devengo del interés legal del dinero desde la fecha de la interpelación judicial coincidente con la presentación de la papeleta de conciliación el día 3 de diciembre de 2008.

En Madrid, a 1 de diciembre d e 2009.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sifa Obras e Infraestructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.916/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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