Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0094

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE PARLA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En autos de juicio de procedimiento ordinario seguidos en este Juzgado de primera instancia de Parla con el número 481 de 2004, a instancias de doña Pilar Tejero Fernández, doña María Pilar Fernández Tejero y don José Pedro Fernández Tejero, contra doña Teresa Fernández Sánchez y doña María Marcelina Martín Ocaña, se ha dictado sentencia de esta fecha, que contiene el siguiente particular:

Sentencia

En Parla, a 23 de julio de 2007.—Vistos por mí, don César Aguilera Montenegro, magistrado-juez del Juzgado de lo primera instancia número 2 de Parla y su partido judicial, los autos registrados bajo el número 481 de 2004, relativos a juicio ordinario, seguidos a instancias de don Ángel Fernández Cerro, representado por procurador y dirigido por letrado, contra doña María Marcelina Martín Ocaña, y subsidiariamente doña Teresa Fernández Sánchez, representada por procurador y dirigida por letrado, sobre otorgamiento de escritura y otros, y en base al siguiente

Fallo

Único.  Desestimar íntegramente la demanda interpuesta por el actor, a través de su representación procesal, y en su virtud, absolver a doña María Marcelina Martín Ocaña y doña Teresa Fernández Sánchez de las pretensiones que contra las mismas se esgrimen, con condena en costas al actor.

Desestimar íntegramente la demanda reconvencional, y en su virtud absolver a don Ángel Fernández Cerro (en persona de sus herederos), doña Pilar Tejero Fernández y doña Teresa Fernández Sánchez, de todas las pretensiones que contra los mismos se esgrimen, con condena en costas al actor reconvencional.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de su notificación y que se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

En Parla, a 4 de junio de 2009.—El secretario (firmado).

(02/13.547/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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