Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
30-12-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091230-0380

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 2
DE NAVALCARNERO

EDICTO

Doña Regina María González Lozano, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 187 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Navalcarnero, a 14 de julio de 2009.—Vistos por mí, don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas número 187 de 2009, en los que han sido partes: en concepto de denunciante, doña María de los Ángeles Martín Rodríguez; como perjudicada, la entidad “Inside”, y como denunciados, don Marcel Constantín Sandu y don Ionut Tudor. Asiste el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que declaro la libre absolución de don Marcel Constantín Sandu y don Ionut Tudor por los hechos que originaron esta causa, declarando de oficio las costas procesales.

Una vez adquiera firmeza la presente sentencia, los denunciantes podrán disponer libremente de los objetos que les fueron entregados en depósito.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer mediante escrito, ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación y que, en su caso, será resuelto por la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marcel Constantín Sandu y don Ionut Tudor, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 12 de noviembre de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/41.888/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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