Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091229-0198

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

ARROYOMOLINOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Transcurrido el plazo de exposición al público sobre la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de actividades, talleres y cursos de cultura, se eleva a definitivo el acuerdo plenario de fecha 30 de julio de 2009, procediéndose a la publicación de los acuerdos definitivos. Frente a los presentes acuerdos cabe recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA
POR LA PRESTACIÓN DE ACTIVIDADES, TALLERES
Y CURSOS DE CULTURA

Donde dice:

“Artículo 5.  Tarifas.—Las cuantías de la presente tasa serán las que se indican a continuación, según la cantidad fija o en función de los elementos o factores que se relacionan en las siguientes tarifas:

Artículo 5.1.  Actividades culturales (…)”.

Deberá decir:

“Artículo 5.  Tarifas.—Las cuantías de la presente tasa serán las que se indican a continuación, según la cantidad fija o en función de los elementos o factures que se relacionan en las siguientes tarifas:

5.0.  Matrícula:

Los importes se expresan por mensualidades. Todas las actividades relacionadas se incrementarán en concepto de matrícula anual en la cuantía de 6,50 euros, que se devengará al inicio de la actividad y tendrá efecto durante la temporada.

5.1.  Actividades culturales (…)”.

Arroyomolinos, a 26 de noviembre de 2009.—El alcalde, Juan Velarde Blanco.

(03/39.941/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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