Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-12-2009

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091229-0150

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

4367 DECRETO 104/2009, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se fija el calendario para el año 2010 de días inhábiles, a efectos del cómputo de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid.

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento. Administrativo Común, determina que las Administraciones de las Comunidades Autónomas fijarán en su respectivo ámbito el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial y comprendiendo los días inhábiles de las entidades que integran la Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.

En consecuencia, a propuesta del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de diciembre de 2009,

DISPONGO

Artículo único

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante el año 2010 en la Comunidad de Madrid se fija en los siguientes términos:

A) Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de los domingos, las fiestas laborales en esta Comunidad Autónoma que figuran en la Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2010 (“Boletín Oficial del Estado” de 20 de noviembre de 2009), y que a continuación se relacionan:

— 1 de enero, Año Nuevo.

— 6 de enero, Epifanía del Señor.

— 19 de marzo, San José.

— 1 de abril, Jueves Santo.

— 2 de abril, Viernes Santo.

— 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

— 3 de junio, Fiesta del Corpus Christi.

— 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

— 1 de noviembre, Todos los Santos.

— 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

— 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

— 25 de diciembre, Natividad del Señor.

B) Además, serán inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid, los días de sus respectivas fiestas locales que figuran en la relación aprobada por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, mediante Resolución de 3 de diciembre de 2009 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de diciembre de 2009).

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, debiendo publicarse también en el “Boletín Oficial del Estado”.

Dado en Madrid, a 23 de diciembre de 2009.

El Vicepresidente, Consejero de Cultura La Presidenta,
 y Deporte y Portavoz del Gobierno, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
 IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

(03/43.399/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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