Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091229-0139
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 12 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y CITACIÓN Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 280 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Chamarro Anaya y don Carlos Javier Sánchez Mateo, contra la empresa “Coelma Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el día 14 de diciembre de 2009 la siguiente resolución: Providencia Ilustrísima magistrada-juez sustituta de lo social, doña María del Carmen Camargo Sánchez.—En Madrid, a 14 de diciembre de 2009. Dada cuenta; los anteriores escritos de los demandantes don Andrés Chamorro Anaya y don Carlos Javier Sánchez Mateo, únanse a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta por sentencia de fecha 15 de octubre de 2009 a la empresa “Coelma Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, a favor de los demandantes don Andrés Chamarro Anaya y don Carlos Javier Sánchez Mateo, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, tercera planta, el día 19 de enero de 2010, a las once y treinta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia. Cítese igualmente al Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos. Notifíquese a las partes esta resolución. Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Si la parte recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse: a) Mediante consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, código 30, indicando el número de procedimiento y el año, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, calle Orense, número 19, de Madrid. b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los obligatorios 0030/1143/50/ 0000000000, indicando el número de cuenta 2510, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso. Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Coelma Suministros Industriales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 14 de diciembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/43.234/09) |

