Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-12-2009

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091229-0027

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C) Otras Disposiciones

Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte
y Portavocía del Gobierno

4368 ORDEN 1985/2009, de 26 de noviembre, por la que se deniegan subvenciones solicitadas al amparo de la convocatoria de ayudas a la producción de artes plásticas correspondientes al ejercicio 2009.

Mediante Orden 567/2009, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno (BO­LETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de agosto de 2009), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la producción en artes plásticas y se convocaron las correspondientes al ejercicio 2009.

A la vista de las solicitudes recibidas y de su valoración por parte de la Comisión de Evaluación de las ayudas reunida en fechas 1 de octubre y 4 de noviembre de 2009, se ha elevado Propuesta de Resolución por la Dirección General de Archivos, Museos y Bibliotecas.

Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Desestimar o excluir las solicitudes presentadas por los solicitantes que se relacionan en el Anexo de la presente Orden, por las causas que se detallan en el mismo.

Segundo

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer. Todo ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero

Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de noviembre de 2009.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PDF (Orden 1884/2009, de 19 de noviembre), la Viceconsejera de Cultura, Concepción Guerra Martínez.

ANEXO

(03/42.848/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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