Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-12-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091228-0187

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

CARABAÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 127 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; y 169.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, y una vez adoptado acuerdo definitivo por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2009, para resolver las reclamaciones formuladas contra el acuerdo aprobatorio inicial del Presupuesto General de esta entidad para 2009 se hace público lo siguiente:

I.  Resumen del referenciado presupuesto para 2009

II.  Plantilla de personal aprobada junto con el presupuesto para 2009

A)  Funcionarios

Secretario interventor, 1 plaza.

Auxiliar administratrivo, 1 plaza.

Personal oficios varios, 1 plaza.

Policía local (vacante).

B)  Personal laboral

Altos cargos, 1 plaza.

Recaudador, 1 plaza.

Oficios varios, 2 plazas.

Auxiliar adminsitrativo, 1 plaza.

Limpiadora, 2 plazas.

Educadora, 4 plazas.

Barrenderos, 2 plazas.

Personal temporal, 4 plazas.

Personal convenios, 22 plazas.

Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legisaltivo 2/2004, se podrá inteproner directamente contra el referenciado presupuesto, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación.

En Carabaña, a 23 de diciembre de 2009.—El alcalde-presidente, Mariano Arévalo González.

(03/43.239/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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