Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091228-0133
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VILLAVICIOSA DE ODÓN CONTRATACIÓN El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2009, en relación con la composición y funcionamiento de la mesa de contratación, adoptó el siguiente acuerdo: Primero.—La composición de la mesa de contratación quedará de la siguiente manera: Presidente: el concejal de Economía y Hacienda. Vocales: — En representación del Grupo Municipal PP: l Concejal del Área correspondiente. l Concejal Mayores y Fomento del Empleo. — En representación del Grupo Municipal PSOE: un vocal. — En representación del Grupo Municipal PPVO: un vocal. — El secretario del Ayuntamiento. — El interventor del Ayuntamiento. — Técnico del Ayuntamiento del Área correspondiente al contrato. Secretario (con voz pero sin voto): funcionario del Servicio de Contratación. Los titulares podrán delegar en otros miembros o funcionarios de la Corporación. Segundo.—El régimen de organización y funcionamiento de la mesa de contratación será el siguiente: 1. La mesa de contratación se regirá, en cuanto a su organización y funcionamiento, en primer lugar, por la legislación de Contratos del Sector Público y, supletoriamente, por el texto refundido de Régimen Local y la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común. 2. En las sesiones que celebre la mesa de contratación, esta quedará válidamente constituida con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y, en todo caso, por el presidente, el secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano. Tercero.—La adscripción concreta a la mesa de contratación de los miembros de la Corporación que deban forma parte de la misma en representación de los grupos municipales PSOE y PPVO se realizará mediante escrito de los portavoces de los mismos dirigido al alcalde, y del que se dará cuenta al Pleno. Podrá designarse de igual forma un suplente por cada titular. Cuarto.—El presente acuerdo surtirá efecto desde el día siguiente a su adopción, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el perfil de contratante. Villaviciosa de Odón, a 7 de diciembre de 2009.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz. (02/13.866/09) |

